Condenaron a un falso pastor detrás de un “sistema de explotación laboral, aislamiento y control psicológico”
El Tribunal Oral Federal (TOF) N°2 de Córdoba condenó a la pena de 9 años de prisión a un falso pastor que lideraba una “organización coercitiva” que operaba bajo la apariencia de una com...
El Tribunal Oral Federal (TOF) N°2 de Córdoba condenó a la pena de 9 años de prisión a un falso pastor que lideraba una “organización coercitiva” que operaba bajo la apariencia de una comunidad cristiana evangélica. Elías Daniel Argüello Soria fue encontrado culpable del delito de trata de personas.
Como había solicitado el fiscal general Carlos Gonella, los jueces Enrique Liljedah, Noel Costa y José Fabián Asís también condenaron a la esposa de Argüello Soria y a dos colaboradores del falso pastor. Un quinto imputado fue absuelto.
“De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal acreditada en el juicio, la organización captaba personas en situación de vulnerabilidad emocional, económica y familiar mediante discursos religiosos y promesas de una vida comunitaria basada en valores evangélicos, para luego someterlas a un sistema de explotación laboral, aislamiento y control psicológico”, según informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar.
Argüello Soria se presentaba como líder de la organización “Dimensión Cielo”. Fue encontrado culpable del delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre.
Los otros tres condenados fueron Daiana Felisa Herrera, Ricardo Matías Mercado y Marcos Matías Burini, a quienes el tribunal les impuso la pena de 4 años de prisión como partícipes secundarios de los delitos por los fue sentenciado el falso pastor. En cambio, Maximiliano David Mercado terminó absuelto luego de que la fiscalía retirara la acusación en su contra durante el debate.
En su alegato, el fiscal Gonella sostuvo que las víctimas eran atraídas mediante promesas de una vida comunitaria basada en valores religiosos con trabajo y contención, pero que una vez integradas al grupo eran sometidas progresivamente a un sistema de aislamiento y control. Ese esquema, dijo el representante del Ministerio Público, incluía cambios de nombre, modificaciones en el aspecto físico y restricciones respecto de los vínculos con familiares y personas ajenas a la comunidad.
El requerimiento de elevación a juicio había sido firmado por por la fiscal federal subrogante de la Fiscalía Federal de San Francisco, María Marta Schianni, y por la fiscal federal y cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Alejandra Mángano.
Según se reconstruyó durante el juicio, las víctimas llegaban al grupo atravesando distintas situaciones de vulnerabilidad (emocional, económica o familiar) y eran atraídas mediante vínculos religiosos o recomendaciones de otros integrantes de la comunidad. La fiscalía sostuvo que eran incorporadas bajo la promesa de acceder a una vivienda, trabajo y contención espiritual, pero luego quedaban integradas a una estructura donde perdían progresivamente autonomía y control sobre sus propias decisiones, según se explicó en www.fiscales.gob.ar.
“En su alegato, Gonella describió el funcionamiento de ‘Dimensión Cielo’ como ‘un caso paradigmático de organización coercitiva’, caracterizado por mecanismos de manipulación psicológica y sometimiento espiritual. Y señaló que las víctimas atravesaban un proceso gradual de despersonalización y disociación, con cambios de nombre y apariencia física, además de la imposición de reglas estrictas sobre la vida cotidiana y las relaciones personales”, según el citado sitio de noticias.
También resaltó que varias de las personas damnificadas no se percibían a sí mismas como víctimas debido al nivel de manipulación psicológica ejercido dentro de la organización. En ese sentido, el fiscal citó una frase atribuida a Argüello Soria: “Cada uno de ustedes es fiel a Dios y eso es ser fiel a mí”.
En el debate, el representante del Ministerio Público dio por acreditado que las víctimas eran sometidas a extensas jornadas de trabajo vinculadas con emprendimientos inmobiliarios, producción y venta callejera de panificados, además de tareas domésticas y de cuidado.
El fiscal Gonella afirmó que esas actividades se desarrollaban sin una remuneración real y bajo control permanente de la organización. En varios casos, las víctimas tampoco administraban dinero propio, ya que todos los ingresos eran destinados al “fondo común”, cuya gestión quedaba en manos de los líderes del grupo.
El representante del Ministerio Público también expuso las condiciones de vida precarias detectadas en los domicilios allanados. Un informe policial incorporado como prueba en el juicio escribió que debajo de una escalera dormían dos mujeres “en estado de evidente hacinamiento”, mientras que otros testimonios refirieron que algunas víctimas se bañaban con mangueras o dormían en sillones ubicados en sus lugares de trabajo.
Además, durante el debate se hizo un análisis de escuchas telefónicas y mensajes que, para la fiscalía, confirmaron el nivel de control ejercido por Argüello sobre la vida cotidiana y sobre los movimientos económicos y comerciales del grupo.