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El Uscis puede negar un trámite sin enviar antes una RFE o un NOID si falta evidencia inicial: el cambio ya está vigente

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) modificó sus criterios para evaluar las solicitudes de beneficios migratorios. La actualización, publicada el 5 de agosto, permite que los funcionarios denieguen determinados trámites sin enviar previamente una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés) o una Notificación de Intención de Denegación (NOID, por sus siglas en inglés).

El Uscis puede negar solicitudes incompletas sin enviar una RFE o una NOID

La nueva modificación busca evitar que se presenten expedientes sin la documentación necesaria con la expectativa de completarlos posteriormente. Según la nueva directriz, el solicitante debe aportar desde el comienzo la evidencia inicial indicada por las normas y por las instrucciones correspondientes al formulario utilizado.

La agencia considera que una solicitud puede carecer de fundamento suficiente cuando:

No existe una vía legal para conceder el beneficio.No se cumplen los requisitos esenciales.El expediente no demuestra la elegibilidad exigida al momento de su presentación.

También quedan comprendidos los trámites considerados frívolos y aquellos utilizados como una especie de reserva de lugar o “placeholder”. Se trata de presentaciones incompletas destinadas, entre otros fines, a acceder a beneficios vinculados, como una autorización de empleo, mientras el solicitante reúne posteriormente la documentación necesaria.

Con la política anterior, los funcionarios tenían instrucciones que favorecían la emisión de solicitudes de evidencia antes de rechazar determinados expedientes, incluso cuando faltaban elementos que debían haber sido entregados originalmente. El Uscis sostuvo que ese mecanismo podía aumentar los tiempos de procesamiento y afectar a otros inmigrantes.

El nuevo cambio tiene efecto inmediato. Alcanza tanto a los casos que ya estaban pendientes como a los trámites presentados desde el 5 de agosto, salvo que una regulación específica o una disposición del Uscis establezca una excepción.

Cómo buscar y descargar el formulario más reciente de UscisQué evidencia exige el Uscis al presentar un trámite migratorio

La evidencia inicial comprende los documentos que las normas y las instrucciones del formulario exigen presentar junto con la solicitud. Su función es demostrar desde el comienzo que el interesado reúne las condiciones necesarias para obtener el beneficio migratorio.

La ausencia de alguno de esos elementos puede tener ahora consecuencias directas. Si el expediente no contiene la evidencia inicial requerida o no permite acreditar la elegibilidad, el funcionario puede decidir la denegación sin emitir antes una RFE o una NOID.

La evidencia adicional, en cambio, corresponde a información que puede pedirse durante la evaluación cuando el expediente inicial fue presentado de manera suficiente, pero todavía existen dudas o aspectos que deben ser aclarados. En esos casos, el oficial puede optar por permitir que el interesado amplíe la documentación mediante una solicitud formal.

RFE y NOID del Uscis: qué cambia y cuáles son los nuevos plazos

La actualización no elimina las RFE ni las NOID. El Uscis puede continuar con su utilización cuando considere necesario pedir información complementaria antes de tomar una decisión definitiva. Lo que cambia es que los funcionarios ya no están obligados a recurrir previamente a esos mecanismos en determinados casos.

Cuando se emite una RFE, el período para responder no puede superar las 12 semanas. Para una NOID, el plazo máximo establecido es de 30 días. La notificación recibida por el solicitante indicará la fecha concreta que deberá respetarse.

Cuando el aviso se envía mediante correo postal, se incorporan tres días al plazo correspondiente. La política también elimina los 14 días adicionales que anteriormente podían concederse en determinados casos de correspondencia enviada fuera de EE.UU.

Las reglas establecen, además, que no pueden otorgarse extensiones que superen los límites máximos previstos para responder una RFE o una NOID. Por eso, el Uscis indica que los inmigrantes deben revisar cada notificación y cumplir con la fecha establecida.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/estados-unidos/visas-y-tramites/el-uscis-puede-negar-un-tramite-sin-enviar-antes-una-rfe-o-un-noid-si-falta-evidencia-inicial-el-nid07082026/

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