La extraña alquimia de transformar una victoria en derrota
En el transcurso de los últimos meses, y más intensamente en las últimas semanas, la ciudadanía y la política en general se vieron conmocionadas por el debate público que se suscitó a raíz ...
En el transcurso de los últimos meses, y más intensamente en las últimas semanas, la ciudadanía y la política en general se vieron conmocionadas por el debate público que se suscitó a raíz de una iniciativa del Poder Ejecutivo remitida al Congreso para promover un proyecto de ley que se tituló, de un modo un tanto pretencioso, “Ley de inviolabilidad de la propiedad privada”.
El proyecto original consistió en la propuesta de modificación de siete diferentes leyes actualmente vigentes.
La primera propuesta apuntó a la reforma del texto de la ley nacional de expropiaciones 21.499; las propuestas segunda y tercera se referían a la introducción de reformas al Código Civil, sancionado por la ley 26.994, y al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación –ley 17.464 y sus modificatorias– con el propósito de agilizar los procesos de desalojo de inmuebles; la cuarta iniciativa se vinculaba con la modificación del Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana (ley 27.453) para la regularización de titularidades de inmuebles localizados en los denominados “barrios populares”; la quinta propuesta se refería a la modificación de la ley del régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales –26.737–, con objeto de eliminar restricciones generales contenidas en esa ley para el acceso a la titularidad de tierras rurales por parte de extranjeros. La sexta propuesta estaba relacionada con la ley de manejo del fuego 26.815, y proyectaba dejar sin efecto la prohibición de cambio de destino de las superficies incendiadas por varias décadas, y –finalmente– la séptima propuesta consistía en impulsar la modernización del régimen establecido por la ley N° 17.801, de Registro de la Propiedad Inmueble.
Como puede advertirse, el proyecto conformaba una mélange de cuestiones que en nada se vinculaban unas con otras y que poco tenían que ver, en su conjunto, con el gigantesco propósito declamado de reglamentar de un modo general una garantía constitucional tan importante –y tan sensible– como lo es la de la “propiedad privada”, contenida en el art. 17 de nuestra Constitución nacional, con el objetivo de garantizar efectivamente “… su inviolabilidad…”.
Claro está que, al agrupar el proyecto temas dispares bajo un mismo articulado, se dificultó que los senadores pudieran pronunciarse sobre cada reforma según su propia particularidad o mérito. Así –a modo de ejemplo–, un senador o una senadora podrían estar de acuerdo con modificar el régimen de manejo del fuego y la reorganización de los barrios populares, pero en desacuerdo con la desregulación de la venta de tierras a extranjeros o con los desalojos exprés. Sin embargo, el formato “ómnibus” los obligaba a aprobar o rechazar el conjunto, generando lo que la ciencia política denomina logrolling o “empaquetamiento”.
Se trata –este logrolling– de mecanismos de negociación de apoyos cruzados que no responden al contenido técnico de cada norma bajo discusión, sino a acuerdos políticos coyunturales, muchas veces no conectados con la temática de la norma propuesta, que pueden derivar –finalmente– en textos inconsistentes, contradictorios y hasta con graves errores jurídicos, como ocurrió en este caso con la mención en el proyecto de normas derogadas hace más de once años o estableciendo fechas de entrada en vigor de la ley que se retrotraen más de medio siglo.
El desbarajuste que generó el proyecto –y la pretensión de quienes lo impulsaron de que se aprobara a libro cerrado– fue de una magnitud tal que no pudo acordarse un texto definitivo comprensivo de todas las cuestiones incluidas, a pesar de haber pasado la normativa por diecisiete versiones y una batería de tres dictámenes de dos comisiones del Senado; además, tal pretensión imperativa recolectó rechazos de una parte importante de la ciudadanía y de las organizaciones sociales.
A minutos del plenario, algunos senadores no habían podido siquiera leer el texto definitivo sobre el que debían pronunciarse, y para que la sesión –varias veces postergada– pudiera llevarse a cabo, con alguna posibilidad de aprobar “algo”, el Poder Ejecutivo tuvo que retirar definitivamente del proyecto capítulos completos de las reformas propiciadas, como ocurrió con las relativas al Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana (ley 27.453); la ley del régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales 26.737, y la ley de manejo del fuego 26.815.
No caben dudas de que las propuestas incluidas en el proyecto para modificar la ley de expropiaciones, las referidas a la digitalización y modernización de los registros de la propiedad inmueble, y las vinculadas con la aceleración de los procesos de desalojo de inmuebles por incumplimientos de contratos de locación o usurpación –más allá de que esto último impactará solo en el ámbito de la Capital Federal, donde rige el Código Procesal, que es menos del 0,0055% del territorio total de la república–, son medidas positivas que, de haber sido propuestas individualmente en proyectos de leyes específicos, con seguridad habrían sido aprobadas velozmente y sin inconvenientes por ambas cámaras, generando una imagen muy favorable para el Gobierno, en el avance de su tarea legislativa tendiente a favorecer el derecho de propiedad.
Hoy, sin embargo, ese avance –que con la media sanción otorgada por el Senado es real, existe y es importante para el Gobierno y para los ciudadanos– pasa inadvertido porque la sociedad no percibe lo ocurrido como una victoria del Poder Ejecutivo, sino como una derrota, pues debió resignar su iniciativa inicial en más de un cincuenta por ciento, pagando por ello un alto costo en su imagen y solvencia, asumiendo un desgaste y erosión fenomenales de sus espadas parlamentarias.
¿Cómo es que los proyectistas no advirtieron torpemente el error en el modo de formular su propuesta y evaluar el riesgo que asumían al promover un proyecto de ley de tal naturaleza y de esa manera?
Probablemente no comprendieron que la tarea de legislar se basa principalmente en escuchar y generar consensos. No se pueden diseñar leyes desde una burbuja encriptada sin conexión con la realidad y sin respetar los principios técnicos de especialidad que debe seguir el legislador en su tarea para el trámite parlamentario. No entender esto presenta peligros y genera disgustos y frustraciones. Para muestra basta un botón.
Lo ocurrido recientemente en el conflicto mantenido con los prácticos navales es un claro ejemplo de esta mala praxis en que incurren ciertas veces los funcionarios, y de los altos precios que se pagan como consecuencia de tales conductas.
Todo parecería indicar que, si de conseguir victorias se trata, para obtener mejores resultados y lograr algunos de los objetivos buscados evitando derrotas, quienes asesoran políticamente al Presidente y aquellos que lo asisten como ministros y secretarios de Estado deberían descartar actitudes de esta naturaleza y recurrir a la recomendación evangélica de tratar de trabajar mejor, humildemente, con menos prepotencia, sin soberbia, y conducirse “… mansos como palomas y astutos como serpientes…” (Mt.10:16).
Eso sería también una buena manera de cuidar más y mejor al Presidente.